A partir del 1 de septiembre, los contribuyentes tendrán que cumplir con dos obligaciones fiscales adicionales en ciertos casos: la solicitud de autorización para la cancelación de facturas, y la emisión de un complemento de recepción para pagos diferidos o en parcialidades. Respecto al primer caso, cabe recordar que los causantes podían cancelar Comprobantes Fiscales…

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