Por: Brenda López Palacios [1]
El proceso de entrega-recepción es un acto legal y administrativo, de cumplimiento obligatorio, mediante el cual los servidores públicos de la administración saliente, al separarse de su encargo o comisión, hacen entrega a la administración entrante, del estado que guardan los asuntos de su competencia, así como de todos los recursos humanos, materiales y financieros que les hayan sido asignados para el ejercicio de sus funciones.
El acto de entrega-recepción es realizado conforme a los ordenamientos de cada Estado, por lo que es necesario consultar los plazos que sean aplicables al caso específico.
Los sujetos obligados son todos los servidores públicos que sean titulares de las dependencias, unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades, de todos los niveles.
La entrega-recepción de los recursos deberá efectuarse por escrito, mediante un acta administrativa, la cual deberá contener, de forma enunciativa más no limitativa, lo siguiente: informe del estado de los asuntos a su cargo, informe sobre la situación de los recursos financieros y humanos, los bienes muebles e inmuebles a su cargo, informe sobre los presupuestos, programas, estudios y proyectos, obras públicas en proceso, manuales de organización y de procedimientos, informe de los asuntos en trámite o pendientes y situación administrativa, desarrollo y cumplimiento de los programas.
Los titulares salientes deberán preparar la información relativa al acta administrativa, anexando información y documentación relativa al estado que guarda la dependencia. Esta información formará parte de la entrega-recepción de los recursos públicos del Estado y deberá incluir lo que sea aplicable a la estructura orgánica, marco jurídico de actuación, recursos materiales, recursos financieros, obras públicas, derechos y obligaciones, relación de archivos, relación de asuntos pendientes de resolver, relación de formas oficiales y relación de procesos en los que forme parte la dependencia.
Este acto no releva de responsabilidad a los servidores públicos salientes. En caso de que el servidor público entrante se percate de alguna irregularidad, contará con un plazo para hacerlo del conocimiento del órgano de control a fin de que el servidor público en cuestión sea requerido y proceda a su aclaración. En caso de ser necesario, los servidores públicos deberán proporcionar la información y documentación que les requiera dicho órgano.
Si por algún motivo el servidor público saliente no realiza el acto de entrega, será requerido para cumplir con esta obligación; en caso de incumplimiento, será sancionado de acuerdo con la legislación en materia de responsabilidades de los servidores públicos.
Es importante que este acto se lleve de manera pacífica y ordenada, además de ser fundamental el apoyo y disposición de los funcionarios salientes para proporcionar la información que tengan en su poder, ya que el principal objetivo de este proceso es garantizar el oportuno y completo suministro de información de los asuntos que ahora serán responsabilidad de la administración electa, para que estos cuenten con los elementos necesarios para llevar a cabo el correcto desempeño de sus funciones.
[1] Abogada de Grupo López Elías, egresada de la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México.
Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión del Grupo López-Elías.