Por: Madai Ortiz Quiroz [1]
El primer Órgano Constitucional Autónomo (OCA) que se creó en México fue el Banco de México en el año de 1993, estableciendo un precedente para la instauración de más organismos de este tipo.
En el transcurso de 1993 al 2008, se crearon un total de 10 OCAs en el orden federal; sin embargo, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación se extinguió mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2019.
A nivel local, las Entidades Federativas comenzaron a crear sus propios OCAs, debido a la necesidad de establecer atribuciones que no fueran afectadas por alguno de los tres poderes, el ejecutivo, legislativo y judicial. En virtud de la relevancia de las tareas que desempeñaban como órganos públicos desconcentrados o descentralizados, la constitución local de dichas Entidades Federativas fue reformada para dar pie a la creación de OCAs.
Uno de los primeros OCAs que surgió en el orden estatal fue la “Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco”, cuya reforma constitucional fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 13 de julio de 1994.
En la actualidad, las 32 Entidades Federativas cuentan con este tipo de organismos y la naturaleza jurídica que más abunda entre éstos es:
- Órganos encargados de organizar las elecciones locales.
- Órganos encargados de garantizar el derecho de acceso a la información pública.
- Órganos encargados de vigilar, promocionar y garantizar los derechos humanos.
- Órganos encargados de investigar y perseguir delitos.
Algunas Entidades han optado por incluir en sus constituciones OCAs que son poco comunes, como los que se muestran en la siguiente tabla:
Entidad Federativa | Denominación del OCA |
Ciudad de México | Instituto de la Defensoría Pública |
Coahuila | Comisión Coahuilense de Conciliación y Arbitraje Médico |
Morelos | Instituto de la Mujer para el Estado de Morelos |
Tamaulipas | Instituto Estatal de Protección a la Identidad |
Sonora | Consejo Ciudadano de Transporte Público Sustentable (Extinto desde el 20 de abril de 2022)[2] |
Veracruz | Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas |
De lo anterior, podemos analizar que todas las Entidades Federativas han creado OCAs justificando la necesidad de su autonomía; sin embargo, algunos no tienen la relevancia necesaria para operar de esta manera, tal es el caso del Consejo Ciudadano de Transporte Público Sustentable del Estado de Sonora, debido a que su objeto era determinar las tarifas para el transporte público del Estado, por lo que recientemente se suprimió de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora, al considerarse que no mostraba los resultados esperados, fue extinguido y sus atribuciones pasaron a formar parte de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano de ese Estado.
En otros casos, como el Instituto de la Defensoría Pública de la Ciudad de México y el Instituto Estatal de Protección a la Identidad de Tamaulipas, se encuentran contemplados en sus respectivas constituciones locales, pero no cuentan con una ley orgánica que regule su funcionamiento.
En conclusión, los OCAs locales, al igual que los federales, han surgido debido a la necesidad de separar funciones específicas del poder público del Estado, por lo que cada Estado de la República cuenta con por lo menos OCAs encargados de organizar elecciones locales; vigilar el cumplimiento del derecho a la información pública; vigilar y garantizar los derechos humanos e; investigar y perseguir delitos.
Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad del autor y no necesariamente representan la opinión del Grupo López-Elías.
[1] Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma del Estado de Morelos (UAEM) y Abogada en Grupo López Elías.
[2] Boletín Oficial del Gobierno de Sonora. Ley No. 83 que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Sonora. Publicado el 20 de abril de 2022. Se puede consultar en: https://boletinoficial.sonora.gob.mx/boletin/images/boletinesPdf/2022/04/EE20042022.pdf